Mercadería retenida en Aduana Argentina: cómo liberar una importación y recuperar la carga

Raúl Díaz • 5 de octubre de 2026

Que una mercadería quede retenida en Aduana puede convertirse rápidamente en un problema para cualquier empresa importadora. Almacenaje, demoras logísticas, costes adicionales y, en algunos casos, la interrupción de una operación comercial son algunas de las consecuencias habituales.

Sin embargo, que una carga esté retenida no significa necesariamente que no pueda ser liberada.


La clave está en identificar por qué la mercadería está retenida, qué organismo o autoridad está interviniendo y qué documentación o actuación es necesaria para obtener el libramiento.



En este artículo explicamos qué significa que una mercadería esté retenida en Aduana Argentina, cuáles son las causas más frecuentes y cómo abordar el proceso de liberación.

¿Qué significa que una mercadería esté retenida en Aduana?


En términos aduaneros, el objetivo final de una importación es obtener el libramiento de la mercadería, es decir, la autorización del servicio aduanero para que la carga pueda ser retirada.


El Código Aduanero define el libramiento como el acto mediante el cual el servicio aduanero autoriza el retiro de la mercadería objeto del despacho.


Por lo tanto, cuando una mercadería permanece retenida, el primer paso no es simplemente “pedir que la liberen”, sino determinar qué requisito está impidiendo el libramiento.


Puede tratarse de una cuestión documental, tributaria, de clasificación arancelaria, de valoración, una intervención de otro organismo o incluso una investigación relacionada con una posible infracción aduanera.



¿Por qué puede quedar retenida una mercadería en Aduana?

Una de las situaciones más frecuentes se produce cuando una compra internacional realizada mediante Courier deja de cumplir las condiciones necesarias para ingresar por el régimen simplificado de pequeños envíos.


Esto es especialmente habitual en compras realizadas por personas o empresas que desconocen que el régimen Courier tiene determinados límites y requisitos.


Cuando la mercadería no cumple esas condiciones, el envío no puede continuar bajo el régimen simplificado y debe tramitarse por el régimen general de importación. ARCA establece expresamente que los envíos que no cumplen los requisitos del régimen Courier deben importarse mediante el régimen general.


Los tres límites que hay que conocer antes de comprar por Courier


Para que un envío pueda ingresar bajo el régimen de Pequeños Envíos, debe cumplir, entre otros, con tres condiciones fundamentales:


1. Valor máximo de USD 3.000 FOB por envío

El valor FOB de las mercaderías no puede superar los USD 3.000 por envío Courier.


Es importante entender que se trata del valor FOB de la mercadería, es decir, el valor de los productos sin incluir flete ni seguro internacional.


Si una persona compra, por ejemplo, equipamiento por USD 3.500, la operación ya no encuadra dentro de este régimen simplificado por superar el límite establecido.


2. Máximo de 3 unidades de la misma especie

El envío puede contener hasta 3 unidades de la misma especie.


Por ejemplo, comprar tres unidades de un determinado producto puede encontrarse dentro del límite, mientras que cuatro unidades de la misma especie hacen que la operación deje de cumplir este requisito.


Además, la normativa establece que los pequeños envíos no deben presumir una finalidad comercial.

Este punto es particularmente importante para quienes realizan compras internacionales sin conocer las reglas del régimen.


3. Máximo de 50 kg por paquete

Cada paquete o pieza postal no puede superar los 50 kg, independientemente del peso total del envío.

Por ejemplo, una importación que cumpla con el límite de valor y cantidad, pero que tenga un paquete de 55 kg, no encuadrará en el régimen de Pequeños Envíos por superar el límite de peso.


¿Qué ocurre cuando se supera alguno de estos límites?

Este es el punto que muchas personas desconocen.


El problema no es simplemente que el Courier cobre un impuesto adicional.


Cuando el envío no cumple las condiciones del régimen Courier, puede dejar de estar comprendido dentro de ese procedimiento simplificado y pasar al régimen general de importación.


ARCA establece que los envíos que no cumplen los requisitos del régimen Courier deben ser importados mediante el régimen general. Para ello se debe realizar una destinación aduanera con intervención de un despachante de aduana.


Es en ese momento cuando muchas compras quedan retenidas.


La persona realizó la compra pensando que el Courier se ocuparía de todo el proceso, pero al llegar la mercadería a Argentina se detecta que la operación no puede ser despachada bajo el régimen simplificado.



La carga queda entonces pendiente de regularización.

El problema: el comprador no está preparado para una importación por régimen general

Aquí aparece una de las principales dificultades.


La mayoría de las personas que realizan compras internacionales mediante plataformas de e-commerce o servicios Courier no son importadores habituales.


Muchas veces:

·        No están inscriptas para realizar operaciones de importación.

·        No conocen los requisitos del régimen general.

·        No tienen un despachante de aduana.

·        Desconocen qué documentación deben presentar.

·        No saben cómo regularizar la operación.

·        No tienen experiencia con clasificación arancelaria.

·        No conocen los tributos que pueden corresponder.

·        No saben cómo actuar frente al Courier cuando la carga queda retenida.


Por eso, una compra que parecía sencilla puede transformarse rápidamente en un problema aduanero.


De comprar online a necesitar una importación formal

El recorrido puede ser muy simple:

Compra online → envío por Courier → llegada a Argentina → verificación del envío → no cumple los requisitos del régimen simplificado → retención → régimen general de importación → despachante → destinación aduanera → pago de tributos → libramiento → retiro de la mercadería


La persona que realizó la compra puede encontrarse, de un momento para otro, frente a un procedimiento de importación para el que no estaba preparada.



¿Qué significa que la mercadería quede retenida?

Que el Courier informe que una mercadería está “retenida en Aduana” no significa necesariamente que la mercadería esté prohibida o que exista una infracción.


En muchos casos, significa simplemente que el envío no puede continuar por el régimen originalmente utilizado y debe regularizarse mediante el procedimiento aduanero correspondiente.

El primer paso es determinar exactamente por qué el envío no puede ser liberado mediante el régimen Courier.


Puede ser:

·        Exceso del valor FOB permitido.

·        Exceso de cantidad de unidades de la misma especie.

·        Exceso del límite de peso.

·        Finalidad comercial.

·        Mercadería excluida del régimen simplificado.

·        Necesidad de intervención de otro organismo.

·        Restricciones específicas aplicables al producto.

·        Falta o inconsistencia de documentación.


En todos los casos, el tratamiento debe analizarse de acuerdo con las características concretas de la operación.



¿Se puede liberar una mercadería retenida?

En muchos casos, sí.


Pero la solución depende de por qué quedó fuera del régimen Courier y de cuál es la situación aduanera concreta de la carga.


Cuando corresponde tramitarla por el régimen general, será necesario realizar la destinación aduanera correspondiente y cumplir los requisitos aplicables a la importación. ARCA indica que para los envíos que no encuadran en un régimen especial debe realizarse una destinación aduanera con los servicios de un despachante de aduana.


Por eso, cuando una mercadería queda retenida, lo primero que debe hacerse es diagnosticar la operación, no simplemente solicitar al Courier que libere la carga.



¿Qué debe hacer una persona que no está registrada como importador?

Este es uno de los problemas más habituales.


Una persona puede haber realizado correctamente una compra internacional y haber pagado el producto, el transporte y el servicio Courier, pero eso no significa que esté preparada para realizar una importación bajo el régimen general.


Cuando la operación requiere una destinación de importación, hay que analizar la situación fiscal y aduanera del destinatario, la naturaleza de la mercadería y el procedimiento aplicable.

ARCA dispone de un régimen específico para las importaciones que no encuadran en los regímenes especiales de envíos internacionales.


Por eso, antes de comprar productos de determinado valor, cantidad o peso, es fundamental verificar si la operación realmente puede realizarse mediante Courier o si deberá estructurarse como una importación por régimen general.



El error más común: pensar que el límite de USD 3.000 es el único requisito

Muchas personas conocen el límite de USD 3.000, pero desconocen que no es la única condición.

Un envío puede tener un valor de USD 500 y aun así quedar fuera del régimen simplificado si, por ejemplo, supera el límite de unidades de la misma especie o el peso máximo permitido por paquete.


Por eso, antes de realizar una compra internacional conviene revisar las tres variables:


VALOR

Hasta USD 3.000 FOB por envío.


CANTIDAD

Hasta 3 unidades de la misma especie.


PESO

Hasta 50 kg por paquete o pieza.


Y además verificar que la mercadería y la operación cumplan con el resto de las condiciones y exclusiones aplicables al régimen.


¿Cómo evitar que una compra internacional quede retenida?

La mejor forma de evitar este problema es analizar la operación antes de realizar la compra.


Antes de utilizar un servicio Courier para enviar mercadería a Argentina conviene verificar:

·        Valor FOB de la operación.

·        Cantidad de unidades.

·        Peso de cada paquete.

·        Naturaleza y descripción del producto.

·        Posición arancelaria.

·        Eventuales restricciones.

·        Intervenciones de otros organismos.

·        Finalidad personal o comercial.

·        Situación del destinatario frente a la Aduana.

·        Régimen de importación aplicable.


Una revisión previa puede evitar que una compra aparentemente sencilla termine generando costes de almacenaje, demoras y la necesidad de realizar una importación por régimen general.


¿Tienes una mercadería retenida en Aduana?


Si tu compra internacional quedó retenida porque el Courier te informó que no puede liberarla bajo el régimen simplificado, no significa necesariamente que hayas perdido la mercadería.


El primer paso es identificar por qué quedó fuera del régimen Courier y qué procedimiento corresponde aplicar para obtener su liberación.


En Comex-AR analizamos la situación de la operación, revisamos la documentación y coordinamos los pasos necesarios para encaminar la importación y gestionar la liberación de la mercadería cuando resulte procedente.


¿Tu envío quedó retenido en Aduana Argentina?


Cuéntanos qué compraste, cuál es su valor, peso y cantidad de unidades, qué Courier utilizaste y qué información te proporcionaron sobre la retención.


Comex-AR puede ayudarte a determinar qué está bloqueando la operación y cómo avanzar.


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