Etiquetado para exportar a Argentina: idioma, datos obligatorios y controles en aduana para empresas europeas
El etiquetado para exportar a Argentina debe estar en español, indicar denominación del producto, país de origen, calidad o composición y contenido neto en sistema métrico, e identificar al importador responsable. Puede aplicarse en origen o, con una etiqueta complementaria, en Argentina antes de la venta. Alimentos, cosméticos y productos regulados suman exigencias propias.
Para una empresa española o europea, la etiqueta suele ser el último punto de la lista y el primero que genera problemas. La mercadería llega, el despacho avanza, y semanas después un inspector encuentra en un comercio de Buenos Aires un envase sin datos del importador o con las instrucciones solo en inglés. En esta guía repasamos qué exige hoy la normativa argentina, qué cambió desde 2024 con el traslado de los controles al mercado y cómo organizar el etiquetado para que no frene sus ventas.
¿Qué norma regula el etiquetado de productos importados en Argentina?
La regla general es el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2019, conocido como Régimen de Lealtad Comercial, que reemplazó a la antigua Ley 22.802. Se completa con la Resolución 100/1983 de la ex Secretaría de Comercio, que sigue vigente como reglamento, y con normas sectoriales para alimentos, cosméticos, medicamentos, productos eléctricos o textiles.
El artículo 16 del Decreto 274/2019 sobre lealtad comercial establece que los productos envasados que se comercialicen en el país, fabricados o no en él, deben llevar en el envase, envoltorio o etiqueta cuatro datos: la denominación del producto, el país de producción o fabricación, su calidad, pureza o mezcla y el contenido neto. La palabra clave es "comercialicen": la obligación nace con la venta en el mercado argentino, no con el embarque en Europa.
El mismo decreto, en su artículo 21, define quién responde por la veracidad de esos datos: el fabricante, el importador y el envasador. Para una empresa europea esto tiene una consecuencia práctica inmediata. Aunque la etiqueta se diseñe en Madrid o en Milán, frente a la autoridad argentina el responsable visible será el importador local, y por eso cualquier distribuidor serio le pedirá que el etiquetado venga resuelto o que acuerden quién lo resuelve.
¿Qué datos debe llevar la etiqueta y en qué idioma?
Toda la información obligatoria debe estar en español. Se admiten traducciones a otros idiomas, siempre que no tengan más relevancia visual que el texto en español, y se aceptan en idioma extranjero las marcas registradas y los términos habituales del comercio internacional.
El artículo 20 del Decreto 274/2019 exige que las inscripciones estén "escritas en idioma nacional". La Resolución 100/1983 agrega dos matices que conviene conocer. Su artículo 21 permite indicar el país de origen en idioma extranjero, siempre que el consumidor pueda determinar sin ambigüedad la procedencia, de modo que un "Made in Spain" bien visible es aceptable. Sus artículos 18 y 19, en cambio, obligan a que las precauciones de seguridad y las instrucciones de uso estén en español, sin excepciones.
En la práctica, una etiqueta lista para el mercado argentino reúne estos elementos:
- Denominación del producto: el nombre que describe qué es, además de la marca comercial.
- País de origen: "Origen: España", "Hecho en Italia" o una fórmula equivalente que no deje dudas.
- Calidad, pureza o composición: materiales, ingredientes o mezcla, según el tipo de producto.
- Contenido neto: expresado en el Sistema Métrico Legal Argentino (gramos, kilos, mililitros, litros), como exige el artículo 6 de la Resolución 100/1983.
- Importador: razón social y domicilio de la empresa que importa, dato que las normas sectoriales exigen de forma expresa.
- Instrucciones y advertencias: en español cuando el producto las requiere.
El dato del importador es el que más se olvida. Muchas empresas europeas imprimen la etiqueta con su propio domicilio y descubren tarde que el producto, para venderse en Argentina, necesita también el nombre y la dirección de quien lo ingresó al país. Si todavía no definió quién será ese importador, conviene resolverlo antes de imprimir.
Etiqueta complementaria: ¿se puede etiquetar en Argentina?
Sí. La Resolución 100/1983, en su artículo 20, permite que los productos importados cumplan con la etiqueta complementaria adherida en un lugar visible. Usted puede exportar con el envase original europeo y agregar una etiqueta en español con los datos obligatorios, en origen o en destino.
Cada opción tiene su lógica. Etiquetar en origen, en la propia planta, es lo más ordenado cuando el volumen hacia Argentina es estable: la mercadería llega lista para vender y se evita manipular cajas en un depósito. Etiquetar en destino tiene sentido con lotes pequeños, envíos de prueba o productos que se venden en varios mercados con el mismo envase, porque no obliga a crear una línea de etiquetado específica en Europa.
Si elige etiquetar en Argentina, el trabajo se hace después del despacho y antes de la primera venta, en un depósito habilitado o en las instalaciones del importador. Lo que no conviene es dejarlo librado al último eslabón de la cadena. Un comercio que recibe mercadería sin etiquetar comparte la responsabilidad y, si no puede demostrar quién es el responsable real, la sanción le alcanza a él, algo que su cliente argentino no va a aceptar dos veces.
Hay una excepción importante en alimentos. El Código Alimentario Argentino exige que la rotulación se haga en establecimientos habilitados por la autoridad competente, por lo que una etiqueta complementaria aplicada en destino debe colocarse en un lugar autorizado para esa tarea. No cualquier depósito sirve.
¿Qué cambió con el fin del control aduanero del etiquetado?
Desde 2024, la Aduana argentina dejó de verificar el etiquetado en muchos productos y el control pasó al mercado. La obligación de etiquetar sigue igual; lo que cambió es el momento en que alguien la revisa y quién lo hace.
El primer paso fue en julio de 2024, cuando las Resoluciones 156/2024 y 159/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio eliminaron el control aduanero del etiquetado de textiles y calzado importados. Hasta entonces, la mercadería que llegaba sin la identificación de origen debía tramitar una autorización de reetiquetado local, el procedimiento de Adaptación al Mercado Local, que según el Gobierno generó más de 1.500 expedientes solo en 2023. Desde ese cambio, la verificación quedó en manos de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, una vez que el producto está a la venta.
En agosto de 2024, la Resolución 237/2024 aprobó un nuevo Marco General de Evaluación de la Conformidad para los reglamentos técnicos y dispuso que la Aduana quede dispensada de ese control en frontera, salvo lo que prevea el propio marco. El sistema se completó el 9 de marzo de 2026, con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 56/2026, que aprobó el Protocolo de Vigilancia de Mercado.
Ese protocolo es el que hoy marca cómo se controla. Los inspectores priorizan según el riesgo, las denuncias y la información de comercio exterior, pueden pedir documentación técnica al fabricante, al importador o al comercializador a través de la plataforma TAD, y pueden ingresar a los locales, tomar tres muestras y secuestrar productos si detectan una infracción. Un requerimiento debe contestarse en 10 días hábiles administrativos. Además, la Subsecretaría de Comercio Exterior puede pedir a la Dirección General de Aduanas que intervenga mercadería antes del despacho cuando el riesgo o los antecedentes del importador lo justifican.
Para el exportador europeo la conclusión es clara. Que la carga salga del puerto sin observaciones no significa que la etiqueta esté bien. El problema puede aparecer meses después, en una góndola, con el producto ya distribuido y el importador expuesto a multas que el Decreto 274/2019 fija entre 1 y 10.000.000 de Unidades Móviles, un valor que se actualiza todos los años.
¿Qué exige el etiquetado de alimentos y bebidas?
Los alimentos envasados siguen el Capítulo V del Código Alimentario Argentino, que incorpora la Resolución GMC 26/03 del Mercosur. La información debe estar en español, y para alimentos importados es obligatorio indicar la razón social y la dirección del importador, además del lote y la fecha de duración.
La lista obligatoria del Capítulo V es más extensa que la regla general: denominación de venta, lista de ingredientes, contenido neto, identificación del origen, datos del importador, identificación del lote, fecha de duración e instrucciones de preparación cuando correspondan. A eso se suma el rotulado nutricional. Cuando el envase original no está en español, el mismo capítulo admite una etiqueta complementaria con caracteres de buen tamaño, realce y visibilidad, colocada en origen o en destino, pero siempre antes de la comercialización.
El otro punto que no puede pasar por alto es el etiquetado frontal. La Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable sigue vigente y obliga a colocar los sellos octogonales negros cuando el producto supera los límites de azúcares, grasas o sodio. En diciembre de 2024, una disposición de la ANMAT cambió el criterio: solo se evalúan los nutrientes críticos añadidos y no los naturalmente presentes, lo que favorece a productos europeos elaborados sin azúcares, grasas ni sodio añadidos, como muchas conservas tradicionales. En mayo de 2026 el Poder Ejecutivo envió al Senado un proyecto para derogar la ley. Mientras no se apruebe y se publique, los sellos siguen siendo obligatorios, y le recomendamos confirmar el estado del trámite antes de imprimir una tirada grande.
Antes de pensar en la etiqueta, recuerde que el alimento necesita además el registro del establecimiento importador y del producto ante la autoridad sanitaria. El etiquetado se revisa en ese mismo trámite, por lo que diseñarlo en paralelo ahorra semanas.
¿Y los cosméticos, productos eléctricos o con reglamento técnico?
Los productos con reglamento técnico propio suman requisitos a la regla general. Los cosméticos, los productos médicos y los alimentos pasan por la ANMAT; los vinos, por el Instituto Nacional de Vitivinicultura; y los productos eléctricos o de seguridad, por los reglamentos de la Secretaría de Industria y Comercio, que pueden exigir el marcado de conformidad en el producto o el envase.
En cosméticos, por ejemplo, la etiqueta en español debe reflejar los datos del importador habilitado por la ANMAT y respetar los rótulos que el registro aprueba. Lo explicamos en detalle en nuestra guía para exportar cosméticos a Argentina desde España. En productos eléctricos, la Resolución 237/2024 previó que el marcado de conformidad sea exigible desde los 180 días corridos de su entrada en vigor, y ese marcado forma parte del etiquetado que un inspector puede revisar en el mercado.
Un error frecuente es dar por buena la etiqueta europea porque el producto lleva el marcado CE. El marcado CE acredita la conformidad con la normativa de la Unión Europea, pero no reemplaza la certificación ni el marcado que exige Argentina. Puede servir como base documental en algunos esquemas de evaluación, pero la etiqueta tiene que mostrar lo que pide la norma argentina.
Cómo organizar el etiquetado para exportar a Argentina antes del primer embarque
El orden que mejor funciona es definir primero quién será el importador, luego confirmar si el producto tiene reglamento sectorial y recién después diseñar la etiqueta. Si el diseño se hace al revés, es habitual reimprimir.
Comience por el importador, porque su razón social y domicilio van en la etiqueta. Puede ser su distribuidor, una filial o un importador de registro; si todavía no lo tiene, nuestra guía para exportar mercancías a Argentina repasa las alternativas. Después, clasifique el producto: la posición arancelaria indica si interviene la ANMAT, el INV, la Secretaría de Industria y Comercio u otro organismo, y cada uno puede tener exigencias de rotulado propias.
Con esa información, prepare un borrador de etiqueta en español y hágalo revisar en Argentina antes de imprimir. Un despachante de aduana con experiencia en su sector detecta en minutos lo que falta, porque ve a diario qué observan los organismos. En ComexAR revisamos ese borrador junto con la documentación de embarque, de modo que la etiqueta, la factura comercial y la descripción de la mercadería en el despacho digan lo mismo. Cuando hay contradicciones entre esos documentos, aparecen las demoras.
Por último, decida dónde se etiqueta y deje esa decisión por escrito en el contrato con su importador o distribuidor. Si la etiqueta complementaria se coloca en Argentina, acuerde quién paga, en qué depósito se hace y en qué plazo. Si se coloca en origen, guarde muestras de cada tirada y las fichas técnicas que respaldan lo que dice la etiqueta, porque es lo primero que pedirá un inspector en un requerimiento. Si necesita apoyo en esta etapa, nuestro servicio de despachante de aduanas en Argentina acompaña la operación desde el diseño hasta la liberación.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio que la etiqueta esté en español para vender en Argentina?
Sí. El Decreto 274/2019 exige que las inscripciones obligatorias estén en idioma nacional. Puede haber otros idiomas, pero no con más relevancia que el español.
¿Puedo exportar con la etiqueta europea y agregar una en español?
Sí. La Resolución 100/1983 admite la etiqueta complementaria en un lugar visible. En alimentos, debe colocarse en un establecimiento habilitado y antes de la venta.
¿La Aduana revisa el etiquetado en el despacho?
En muchos productos ya no. Desde 2024 el control es posterior, en el mercado, aunque Comercio Exterior puede pedir a la Aduana que intervenga una carga de riesgo.
¿Sirve "Made in Spain" como indicación de origen?
Sí, siempre que se lea con claridad. La Resolución 100/1983 permite el origen en idioma extranjero si el consumidor puede identificar sin dudas la procedencia.
¿Quién paga la multa si la etiqueta está mal?
Responden el fabricante, el importador y el envasador. El comercio también puede ser sancionado si no identifica al responsable real del producto.
¿Necesita revisar su etiqueta antes de exportar?
Una etiqueta bien resuelta evita reimpresiones, mercadería inmovilizada y conflictos con su distribuidor. En ComexAR revisamos su etiquetado y su documentación desde Buenos Aires antes del primer embarque, para que el producto llegue listo para vender. Escríbanos y cuéntenos qué quiere exportar a Argentina: un especialista de nuestro equipo le responderá con los próximos pasos.




